18 de abril de 2020
Ministerio de Transporte Resolución 96/2020
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 88 de fecha 8 de abril de 2020 del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, la vigencia de los certificados de revisión técnica
obligatoria de las unidades afectadas al transporte de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional, que cuyo
vencimiento haya operado a partir del 12 de marzo de 2020.”
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el PROTOCOLO PARA TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA EN EL MARCO DE LAS
TAREAS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19, que como Anexo I (IF-2020-26458834-APN-SSTA#MTR) forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los servicios prestados por la red de talleres que se encuentran habilitados para
realizar las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO) de jurisdicción nacional se reanudarán a partir del día 20 de
abril de 2020.
Esta operación deberá efectuarse de conformidad con el PROTOCOLO PARA TALLERES DE REVISIÓN
TÉCNICA EN EL MARCO DE LAS TAREAS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19
(IF-2020-26458834-APN-SSTA#MTR) aprobado por el artículo 2° de la presente resolución.
La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en su carácter de autoridad de fiscalización y como responsable del
COMITÉ DE CRISIS creado por la Resolución N° 60/20 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, verificará el
cumplimiento del Anexo I aprobado por el presente artículo.
ARTÍCULO 4°.- Será aplicable a los talleres de revisión técnica de jurisdicción nacional, que operen sin respetar el
PROTOCOLO PARA TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA EN EL MARCO DE LAS TAREAS DE PREVENCIÓN ...
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