INFORME DE CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLO EN PLANTA DE ACOPIO.
Se realiza la visita a Aceitera Chabas, para verificar el cumplimiento del protocolo provincial que preve la implementación de medidas sanitarias, de distanciamiento social y separación entre camiones.
INFORME DE CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLO EN PLANTA DE ACOPIO.
Dirigente de la Federación acompañado por la Titular de la dirección de bromatología de Las Rosas visitan Acopio de AFA. Se verifica el cumplimiento del protocolo provincial para acopios que prevé la implementación de medidas de higiene, distanciamiento social y distancia entre camiones, además de realizar la carga de mercadería que evite el rechazo en puerto.
INFORME DE CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLO EN REACONDICIONADORAS.
Fe.Tr.A presente en Acondicionadora La Clementina. Vericando el cumplimiento del Protocolo provincial de seguridad sanitaria, distanciamiento social y separación entre camiones.
INFORME DE CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLO EN REACONDICIONADORAS.
Los dirigentes de la federación visitan San Martín Cereales S. A. para verificar el cumplimiento del protocolo que prevé la implementación de medidas de seguridad sanitaria, distanciamiento social y mantener las unidades con la distancia adecuada.
Prorroga Certificado Provisorio Ruta
A pedido de las Cámaras se logra la prorroga del vencimiento de los certificados provisorios con vencimiento hasta el 13 de abril de 2020, por el plazo de 20 días. Clic en la nota para acceder al PDF.
INFORME DE CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLO EN REACONDICIONADORAS.
01 de Abril. Dirigentes de la federación visitan Agrocereales Don Fernando, para verificar el cumplimiento del protocolo provincial que prevé la implementación de seguridad sanitaria. Higiene en baños, distancia entre camiones y distanciamiento social entre otras medidas.
Información Importante: Prorroga de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI
Disposición
Número: DI-2020-135-APN-ANSV#MTR
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 1 de Abril de 2020
Referencia: Disposición - EX-2020-17196499- -APN-DGA#ANSV . Ampliación
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, el plazo previsto por el artículo 1° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, hasta el 12 de abril inclusive del corriente año.
ARTICULO 2°: Modifíquese el artículo 2° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR el que quedara redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 30 de abril inclusive del corriente año."
ARTICULO 3°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, plazo previsto por el artículo 3° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, hasta el 12 de abril inclusive del corriente año.
Atención Transportistas.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE: ARTÍCULO 1º: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, el plazo previsto por el artículo 1° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, hasta el 12 de abril inclusive del corriente año. ARTICULO 2°: Modifíquese el artículo 2° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR el que quedara redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 30 de abril inclusive del corriente año." ARTICULO 3°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, plazo previsto por el artículo 3° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, hasta el 12 de abril inclusive del corriente año.
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